Código Penal Artículo 80 Estado de Baja California Sur
Código Penal Baja California Sur
Artículo 80. Clasificación de la gravedad de la culpa e individualización de la sanción para el delito culposo
La calificación de la gravedad de la culpa queda al arbitrio del juez o Tribunal de Enjuiciamiento, quien deberá considerar las circunstancias generales señaladas en el artículo 74 de este Código y las especiales siguientes:
I. La mayor o menor posibilidad de prever y evitar el daño causado;
II. El deber de cuidado de la persona sentenciada que le es exigible por las circunstancias y condiciones personales que la actividad o el oficio que desempeñe le impongan;
III. El tiempo del que dispuso para desplegar la acción cuidadosa necesaria de cara a no producir o evitar el daño causado; y
IV. El estado del equipo, vías y demás condiciones de funcionamiento mecánico, tratándose de infracciones cometidas en los servicios de transporte y, en general, por conductores de vehículos
Estado de Baja California Sur Artículo 80 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios