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Código Penal Artículo 303 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Penal
Artículo 303.

El delito de fraude se sancionará:

I.- Con prisión de seis meses a dos años y multa hasta de cien días de salario cuando el valor de lo defraudado no exceda de doscientos días de salario o no sea posible determinar su valor.

II.- Con prisión de dos a cinco años y multa de cincuenta a noventa días de salario cuando el valor de lo defraudado fuere mayor de doscientos pero no de mil días de salario.

III.- Con prisión de cinco a diez años y multa hasta de ciento ochenta días de salario si el valor de lo defraudado excede de mil días de salario



Estado de Chiapas Artículo 303 Código Penal
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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