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Código Penal Artículo 433 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Chiapas
Artículo 433.

Comete el delito de tráfico de influencia:

I.- El servidor público que, por sí o por interpósita persona, promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos, ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión.

II.- Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público, o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior.

III. El servidor público que, por sí o por interpósita persona, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia el artículo anterior.

IV.- Al que valiéndose del cargo que ocupe en el gobierno, una empresa

descentralizada o de participación estatal, o en cualquiera agrupación de carácter sindical, o en forma particular, obtenga dinero, valores, dádivas, obsequios o cualquier otro beneficio a cambio de:

a) Prometer defensa o protección sindical, o proporcionar un trabajo, un ascenso o aumento de salario en tales organismos.

b) Ofertar servicios de gestoría, que impliquen o hagan presuponer capacidad para privilegiar las resoluciones relativas a concesiones o permisos.

c) Otorgar sin derecho concesiones o permisos temporales o permanentes para la prestación del servicio público del transporte.

d) Otorgar o prometer más de una concesión o permiso para la prestación del servicio público del transporte, respecto de personas físicas.

V.- Al servidor público y/o cualquier persona que por sí y/o por interpósita persona, solicite o reciba dinero o cualquier otra dadiva con la promesa de gestionar, otorgar o concursar para una plaza laboral, cargo o comisión en la administración pública Estatal o Municipal.

Vl. Al particular que, sin estar autorizado legalmente para intervenir en un negocio público, afirme tener influencia ante los servidores públicos facultados para tomar decisiones dentro de dichos negocios, e intervenga ante ellos para promover la resolución ilícita de los mismos, a cambio de obtener un beneficio para sí o para otro.

Al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de tres a ocho años de prisión, multa de cincuenta a trescientos días multa.



Estado de Chiapas Artículo 433 Código Penal
Artículo 1 ...431 432 433 434 434 bis ...493

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