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Código Penal Artículo 19 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Coahuila
Artículo 19. Normas procesales de índole material penal

La pauta de aplicar la norma legal más favorable al imputado a partir de cuando aparezca cometido el delito, igual se observará respecto a la creación, modificación o derogación de disposiciones legales relativas a la prescripción de la acción penal, así como a las concernientes a la investigación, al proceso o a la ejecución de sanciones, cuya aplicación conlleve durante los mismos privar de su libertad al imputado o restringirle la misma, o bien afectarle cualquier otro derecho sustantivo, o que cualquiera de dichas afectaciones se agrave, o bien se atenúe o deba cesar.

Asimismo, si una nueva ley o reforma, crea, deroga o modifica uno o más medios alternos o beneficios aplicables durante el proceso, en la sentencia o durante la ejecución de la pena, se aplicarán al imputado o sentenciado los que le resulten más favorables desde que cometió el delito. 



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