Imprimir

Código Penal Artículo 73 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Coahuila
Artículo 73. Concurso por delito continuado

Hay concurso por delito continuado, cuando con pluralidad de conductas e identidad de víctima u ofendido, se concreta dolosamente el mismo tipo penal, siempre y cuando la lesión no recaiga sobre un bien que sea personalísimo, salvo los casos establecidos en el último párrafo de este artículo.

Se consideran bienes jurídicos personalísimos, la dignidad, la vida, la salud y las libertades personales de sujetos autoresponsables, la seguridad de personas sin capacidad de comprender o de decidir en aquellas materias y el desarrollo de la personalidad tratándose de menores.

También habrá concurso por delito continuado, si con relación a fraude, abuso de confianza o administración fraudulenta, se realizan acciones homogéneas que concreten el mismo tipo penal, que sean lesivas de bienes jurídicos iguales y de distintas personas, que el activo unifica de hecho o de derecho.

Asimismo, habrá concurso por delito continuado en los delitos señalados en el párrafo precedente, cuando los bienes o valores que pertenezcan a varias personas se encuentren o agrupen en conjunto y se lesionen de manera gradual con concreción del mismo tipo penal.

(FE DE ERRATAS, P.O. 31 DE MAYO DE 2013)

De igual modo se considerará como concurso por delito continuado, cuando los delitos de violación y/o abuso sexual contra menor de dieciocho años de edad, o equiparados a la violación y/o abuso sexual contra persona sin capacidad de comprender la naturaleza del hecho, sean cometidos contra la misma persona, sobre la cual el sujeto activo guarde una posición de poder o ascendencia. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 73 Código Penal
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...445

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse