Imprimir

Código Penal Artículo 232 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Código Penal Colima
Artículo 232.

A los ascendientes consanguíneos, afines en primer grado o civiles que tengan cópula con sus descendientes, con el consentimiento de éstos, se les impondrá sanción de uno a seis años de prisión, y multa por un importe equivalente de cien a trescientas unidades de medida y actualización.

(REFORMADO DECRETO 133, SUPL. 3, P.O. 73, 22 NOVIEMBRE 2016)

La pena aplicable a los descendientes o cuando la cópula se realice entre hermanos, será de seis meses a cuatro años de prisión, y multa por un importe equivalente de sesenta a cien unidades de medida y actualización.

(ADICIONADO DEC. 104, P.O. 33, SUP. 3, 11 JUNIO 2016)

Cuando en los términos de los párrafos anteriores la copula se realice a una persona menor de catorce años de edad, se aplicará la pena correspondiente a la modalidad del tipo penal de violación que se configure. 



Estado de Colima Artículo 232 Código Penal
Artículo 1 ...230 231 232 233 233 bis ...298

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Salve 

Come beneficiare di una Sovvenzione Non Rimborsabile da parte di Comitato Italiano per l'UNICEF Fondazione ETS…

Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.

 

L'obiettivo comune è incoraggiare e sostenere le persone in difficoltà finanziaria e contribuire alla realizzazione di progetti di interesse generale, siano essi pubblici (Stato, enti locali) o privati (Fondazioni, Associazioni).

Per ulteriori informazioni, contattaci :

  ✅ E-mail : [email protected]

?INDIRIZZO: VIA PALESTRO 68,

00185 ROMA

Cordiali saluti


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse