Código penal Artículo 212 Estado de Durango
Código Penal
Artículo 212.
A quienes cometan el delito de fraude se les impondrán las penas siguientes:
I. De seis meses a dos años de prisión o multa de treinta y seis a ciento cuarenta y cuatro días de salario, cuando el valor de lo defraudado no exceda de quince veces el salario mínimo;
II. De uno a cuatro años de prisión o multa de setenta y dos a doscientos ochenta y ocho días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de quince, pero no de noventa veces el salario mínimo;
III. De dos a seis años de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a cuatrocientos treinta y dos días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de noventa, pero no de seiscientas veces el salario mínimo;
IV. De cuatro a ocho años de prisión y multa de doscientos ochenta y ocho a quinientos setenta y seis días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de seiscientos, pero no de tres mil quinientas veces el salario mínimo; y,
V. De seis a doce años de prisión y multa de cuatrocientos treinta dos a ochocientos sesenta y cuatro días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de tres mil quinientas veces el salario mínimo
Estado de Durango Artículo 212 Código penal
Mejores juristas





qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios