Imprimir

Código Penal Artículo 269 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Nuevo León
Artículo 269.

A las sanciones señaladas en los Artículos 260, 263, 266, 267, 268, 271Bis 1 y 271 Bis 3, se aumentarán al doble de la que corresponda, cuando el responsable fuere alguno de los parientes consanguíneaos afines o civiles en línea recta sin límite de grado o en línea colateral hasta el cuarto grado, o las personas a que se refieren los artículos 287 Bis y 287 Bis 2; asimismo, perderá el derecho a ejercer la patria potestad, tutela, curatela y los derechos hereditarios o de alimentos que pudiera tener sobre la persona agredida.

El aumento será de dos a cuatro años de prisión, cuando el responsable ejerciera cualquier forma de autoridad sobre el ofendido, siempre que no se encuentre en los supuestos de los parientes o personas señalados en el párrafo anterior, o cometiera el delito al ejercer su cargo de servidor público, de prestador de un servicio profesional o empírico o ministro de algún culto.

También se aumentará de dos a cuatro años de prisión cuando el responsable tenga al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza depositada en su persona por afecto, amistad, respeto o gratitud, siempre que el inculpado no sea de los parientes o personas señalados en los párrafos anteriores de este artículo.



Estado de Nuevo León Artículo 269 Código Penal
Artículo 1 ...267 268 269 270 270 bis ...445

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse