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Código Penal Artículo 210 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Código Penal Oaxaca
Artículo 210.

Se impondrá de dos meses a cinco años de prisión, destitución y multa de doscientos a cinco mil pesos a los funcionarios, empleados o auxiliares de la administración de justicia, que cometan alguno de los delitos siguientes:

I.- Conocer de negocios para los cuales tenga impedimento legal o abstenerse de conocer de los que les correspondan sin tener impedimento legal para ello;

II.- Litigar por sí o por interpósita persona, cuando la Ley les prohiba el ejercicio de su profesión; III.- Dirigir o aconsejar a las personas que ante ellos litiguen;

IV.- Cuando se niegue bajo cualquier pretexto, aunque sea el de obscuridad o silencio de la ley, a tramitar o resolver algún asunto que sea de su competencia para el cual no esté impedido de conocer;

V.- Cuando ordene indebidamente la libertad de alguna persona que se encuentre a disposición de otras autoridades o presione a éstas para que ordene esa libertad indebida;

VI.- Cuando se abstenga de promover por morosidad o por cualquiera otro motivo la investigación de los delitos de que tuviere conocimiento, si la ley le impone esa obligación;

VII.- Aprovechar el poder, el empleo o el cargo para satisfacer indebidamente algún interés propio; y

VIII.- Obligar a declarar a las personas que se mencionan en el artículo 410 del Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, acerca de la información obtenida con motivo del desempeño de su actividad



Estado de Oaxaca Artículo 210 Código Penal
Artículo 1 ...208 209 210 210 bis 211 ...425

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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