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Código Penal Artículo 266 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Código Penal Oaxaca
Artículo 266.

Si el amenazador cumple su amenaza, se acumularán la sanción de ésta y la del delito que resulte.

Si el amenazador consigue que el amenazado cometa un delito, se acumulará a la sanción de la amenaza, la que le corresponda por su participación en el delito que resulte



Estado de Oaxaca Artículo 266 Código Penal
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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