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Código Penal Artículo 178 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2026

Código Penal
Artículo 178.

Al que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo y en perjuicio de alguien, revele un secreto que por cualquier forma haya conocido o se le haya confiado, o lo emplee en provecho propio o ajeno, se le impondrá prisión de tres meses a un año, o de noventa a ciento ochenta días multa.

La sanción será de uno a tres años de prisión, de cien a doscientos días multa y suspensión de profesión, en su caso, de dos meses a un año, cuando la revelación punible sea hecha por persona que preste servicios profesionales o técnicos o por servidor público o cuando el secreto revelado o publicado sea de carácter industrial.

La misma pena señalada en el párrafo anterior se aplicará cuando el sujeto activo tenga alguna relación de parentesco por consanguinidad, afinidad, matrimonio, concubinato o relación de hecho con el sujeto pasivo. .

Cuando el sujeto activo sea servidor público será destituido de su cargo. .

Este delito se perseguirá por querella



Estado de Sinaloa Artículo 178 Código Penal
Artículo 1 ...177 bis A 177 bis B 178 179 180 ...364

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En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.


porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


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