Imprimir

Código Penal Artículo 258 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024

Código Penal Tamaulipas
Artículo 258.

Al testigo, perito, o intérprete que se retracte espontáneamente de sus falsas declaraciones rendidas en juicio o en un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, antes de que se pronuncie sentencia, laudo o resolución en la instancia en que las diere, se le impondrá una multa de cincuenta a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; pero si faltaren a la verdad al retractar sus declaraciones, se les aplicará la sanción que corresponda con arreglo a lo prevenido en este Capítulo, que se podrá aumentar hasta un tercio de la sanción a imponer.

Al perito o intérprete que sea sancionado, ya sea porque se retracte de su dictamen o porque faltare a la verdad, se le impondrá, además de las sanciones a que se contrae este capítulo, la inhabilitación para el ejercicio profesional sobre la que verse la pericia, por un término de tres meses a dos años.

La autoridad ante la cual se condujo falazmente el testigo, perito, o interprete deberá dar vista al órgano persecutor de los delitos para que inicie la indagatoria correspondiente, remitiendo las constancias necesarias para ello



Estado de Tamaulipas Artículo 258 Código Penal
Artículo 1 ...256 257 258 258 bis 259 ...475

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse