Código Penal Artículo 257 Estado de Tamaulipas
Código Penal Tamaulipas
Artículo 257.
Al que soborne a un testigo, a un perito o a un intérprete para que se produzca con falsedad en juicio o en un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, o los obligue o comprometa a ello intimidándolos, o haciendo uso de cualquier otro medio para lograr su propósito, se le impondrá la sanción a que se refiere el artículo 256.
Estado de Tamaulipas Artículo 257 Código Penal
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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