Imprimir

Código Procesal Civil Artículo 362 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Civil Guerrero
Artículo 362. Reglas en los casos de allanamiento

En los casos de allanamiento del demandado, se observarán las siguientes reglas:

I. El demandado no será condenado en costas, o bien estas se reducirán;

II. Si se tratare de sentencias de condena y la falta de cumplimiento de la obligación no fuere imputable al demandado o se deba exclusivamente a sus circunstancias de carácter económico, el juzgador podrá concederle un plazo razonable para el cumplimiento del fallo, que no excederá de seis meses, y se aplicará sólo en caso de que no impugne la sentencia de primera instancia. El actor podrá pedir el aseguramiento provisional de lo reclamado una vez que la sentencia quede firme, si se hubiere concedido al demandado un plazo para cumplirla; y

III. Si apareciere que el demandado en todo momento estuvo dispuesto voluntariamente al cumplimiento de lo pedido y no dió lugar para la presentación de la demanda o intervención judicial, el actor será condenado en las costas, aunque obtenga sentencia favorable.

En los casos a que se refiere este artículo, no obstante el allanamiento, la sentencia podrá ser desestimatoria de las acciones del actor, si éstas fueren contrarias a las Leyes o a la moral o fuertes presunciones de que se trata de actos simulados o delictuosos en perjuicio de terceros, que los hubieren denunciado. Igualmente, no se tomará en cuenta el allanamiento cuando el negocio verse sobre derechos no disponibles.



Estado de Guerrero Artículo 362 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...360 361 362 363 364 ...784

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse