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Código Procesal Civil Artículo 543 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Procesal Civil Guerrero
Artículo 543. Acciones relacionadas con la paternidad y la filiación

Se tramitarán conforme a las reglas de este capítulo, los juicios que tengan por objeto:

I. El desconocimiento de la paternidad de hijos nacidos dentro del matrimonio;

II. La nulidad del reconocimiento de hijos;

III. La comprobación de la posesión de estado y filiación de los hijos legítimos; y

IV. La investigación de la paternidad y maternidad.



Estado de Guerrero Artículo 543 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...541 542 543 544 545 ...784

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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