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Código Procesal Civil Artículo 549 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/06/2026

Código Procesal Civil Morelos
Artículo 549. Recepción de pruebas en la apelación

Para la recepción de los medios probatorios en segunda instancia, se aplicarán las siguientes reglas:

I.- Se recibirán, si por cualquier causa no imputable al oferente, no hubieren podido practicarse en la primera instancia;

II.- Se recibirán aquellas pruebas que hayan sido desechadas en primera instancia, siempre y cuando se hubiere apelado preventivamente y se declare procedente la apelación;

III.- Cuando se tramiten apelaciones contra sentencias definitivas, sólo podrán admitirse al vencido nuevas pretensiones o defensas, cuando se reclamen intereses o prestaciones futuras devengadas con posterioridad a la sentencia de primera instancia, daños y perjuicios supervenientes o el cambio de prestación reclamada porque la cosa objeto del litigio haya sido destruida, u otra causa similar imposibilite el cumplimiento de la obligación original.

Dichas pretensiones y defensas se tramitarán en forma incidental por cuerda separada y se decidirán en la sentencia de segunda instancia.

IV.- Desde la notificación del auto que decide sobre su admisión, hasta la celebración de la audiencia de recepción y desahogo de pruebas e informe en estrados, podrá admitirse la petición de los litigantes de que la parte contraria rinda confesión judicial, con tal de que recaiga sobre hechos que, relacionados con los puntos controvertidos, no fueron objeto de posiciones en la primera instancia; y,

V.- Podrá aceptarse la prueba documental, pública, privada o científica, que sea de fecha posterior; o si fuere anterior, si bajo protesta de decir verdad se declare no haber tenido antes conocimiento de su existencia, o que no les fue posible adquirirlas en otra oportunidad por causas que no les sean imputables, todo lo cual será apreciado prudencialmente por el Tribunal.



Estado de Morelos Artículo 549 Código Procesal Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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