Código Procesal Civil Artículo 758 Estado de Morelos
Código Procesal Civil Morelos
Artículo 758. Caudal obtenido por la ejecución
La suma o bienes obtenidos en la ejecución, se integrará:
I.- Con el efectivo y valores embargados; y
II.- Con el obtenido como precio en la venta judicial;
III.- Con el precio de las cosas adjudicadas; y,
IV.- Con las demás cantidades o cosas que están sujetas a la ejecución forzosa
Estado de Morelos Artículo 758 Código Procesal Civil
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