Imprimir

Código Procesal Familiar Artículo 3 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Familiar Morelos
Artículo 3. ACTOS CELEBRADOS EN EL EXTRANJERO

 

En los asuntos a que se refiere este código, se respetarán los tratados internacionales en vigor, y, a falta de ellos tendrá aplicación lo siguiente:

I. La jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado de Morelos, no quedará excluida por prórroga a favor de una jurisdicción extranjera hecha por convenio de los particulares;

II. La jurisdicción de los tribunales del Estado de Morelos no quedará excluida por la litispendencia o conexión ante un tribunal extranjero;

III. La cosa juzgada procedente de un fallo dictado por tribunal extranjero sólo tendrá efecto en el Estado de Morelos previa declaración de validez hecha ante el juez competente, en vía incidental o por conducto de diplomático cuando lo permitan los tratados y el principio de reciprocidad.

IV. La competencia de los tribunales del Estado de Morelos se rige por la ley del lugar del juicio;

V. Los medios de prueba admisibles para demostrar la existencia o inexistencia de un acto o hecho jurídico, se regirán en cuanto a la forma por la ley del lugar en que se produjeron, siempre que no contraríen los principios fundamentales del derecho probatorio en el Estado. Se presumirán la coincidencia de la ley extranjera con la ley morelense, a falta de prueba en contrario, y

VI. Toda persona física o jurídica puede demandar o ser demandada ante los tribunales del Estado de Morelos cuando así proceda conforme a las reglas de competencia.



Estado de Morelos Artículo 3 Código Procesal Familiar
Artículo 1 2 3 4 5 ...763

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse