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Código Procesal Familiar Artículo 506 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Familiar Morelos
Artículo 506. CAMBIO DE RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL

Los cónyuges, durante su matrimonio podrán solicitar al Juez de lo Familiar el cambio de su régimen económico matrimonial, siempre y cuando acrediten:

I. El vínculo matrimonial

II. Su común acuerdo

III. Y en caso de solicitar la implantación del régimen de separación de bienes y por ello terminar la sociedad conyugal, sea absoluta o parcial; haber efectuado la liquidación conforme a lo dispuesto por el código familiar. 



Estado de Morelos Artículo 506 Código Procesal Familiar
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