Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 188 Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio Tabasco
Artículo 188. Flagrancia
Se podrá detener a una persona sin orden judicial en caso de flagrancia. Se entiende que hay delito flagrante cuando:
I.La persona es detenida en el momento de estarlo cometiendo; y
II.Inmediatamente después de cometerlo es detenido en virtud de que:
a)Essorprendidocometiendoeldelitoyesperseguidomateriale ininterrumpidamente;
b)Es señalado inequívocamente por la víctima u ofendido y un testigo presencial, o;
c)Seleencuentrenobjetosoaparezcanindiciosquehaganpresumir fundadamente que acaba de intervenir en un delito.
En el caso de flagrancia, cualquier persona podrá practicar la detención e impedir que el hecho produzca consecuencias. La persona aprehendida será entregada inmediatamente a la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud la entregará al Ministerio Público, quien luego de examinar las condiciones en que se realizó la detención, dispondrá la libertad en caso de que no fuere conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la ley; de lo contrario, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas, presentará al detenido ante el Juez de Control.
El Agente del Ministerio Público deberá dejar sin efecto la detención cuando no pretenda solicitar prisión preventiva, en cuyo caso informará al imputado la obligación que tiene de comparecer a cualquier citatorio y que en caso de desobediencia, su desacato se tendrá como presunción de fuga para todos los efectos legales
Estado de Tabasco Artículo 188 Código Procesal Penal Acusatorio
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios