Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 232 Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio Tabasco
Artículo 232. Forma y contenido de la acusación privada
La acusación privada será presentada, por escrito, personalmente o por mandatario con poder especial, y deberá expresar bajo pena de inadmisibilidad:
I.El nombre, los apellidos y el domicilio del acusador y, en su caso, también los del mandatario;
II.El nombre, los apellidos y el domicilio del imputado o, si se ignoran, cualquier descripción que sirva para identificarlo;
III.Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho, con indicación del lugar y el momento en que se ejecutó, si se saben;
IV.La solicitud concreta de la reparación que se pretenda;
V.Los medios de pruebas que se ofrezcan;
VI.Si se trata de testigos y peritos, deberán indicarse el nombre, los apellidos, la profesión, el domicilio y los hechos sobre los que serán examinados;
VII.Cuando la acusación verse sobre calumnias o difamaciones, el documento o la grabación que, en criterio del accionante, las contenga, si es posible presentarlos; y
VIII.La firma del actuante o, si no sabe o no puede firmar, la de otra persona a su ruego.
Se agregará, para cada imputado, una copia del escrito y del poder
Estado de Tabasco Artículo 232 Código Procesal Penal Acusatorio
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios