Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 385 Estado de Tabasco
Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 385. Declaración del acusado
Después de la lectura de la acusación y resueltas las cuestiones incidentales, el Presidente, dará oportunidad al acusado para que se pronuncie acerca de la acusación.
De previo, conducirá un breve interrogatorio de identificación y le advertirá que puede abstenerse de declarar, sin que esa decisión, por sí misma, provoque algún indicio en su contra, y que el debate continuará aun si él resuelve no pronunciarse sobre la acusación.
Si el acusado resuelve declarar, el Presidente permitirá que él manifieste libremente cuanto tenga por conveniente sobre la acusación, para luego permitir el interrogatorio del Defensor y de los acusadores. Los miembros del Tribunal podrán formular preguntas destinadas a aclarar sus manifestaciones. La formulación de preguntas seguirá en ese orden, finalizando por el mismo Presidente del Tribunal, quien sólo podrá formular preguntas aclaratorias.
Cuando en la declaración o el interrogatorio se advierta que el acusado incurre en contradicciones respecto de declaraciones o escritos anteriores, en los cuales se hubiere observado las reglas pertinentes, se podrá ordenar la lectura de esas declaraciones o escritos, siempre que quien interroga ponga de manifiesto las contradicciones claramente, al tiempo de pedir su aclaración.
En el curso del debate, el Defensor puede dirigir al acusado preguntas destinadas a aclarar manifestaciones, si él decide libremente contestarlas.
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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