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Código Procesal Penal Artículo 305 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2024

Código Procesal Penal Durango
Artículo 305. Valor de las actuaciones

Los antecedentes de la investigación, los datos de prueba recibidos en la audiencia de vinculación a proceso, que sirvan como base para el dictado del auto de vinculación a proceso y de las medidas cautelares, carecen de valor probatorio para fundar la sentencia, salvo las excepciones expresas previstas por la ley



Estado de Durango Artículo 305 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...303 304 305 306 307 ...503

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Muy importante e interesante


AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


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