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Código Procesal Penal Artículo 407 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Procesal Penal Durango
Artículo 407. Alegatos finales y lectura de sentencia

Desahogados los medios de prueba, las partes harán sus alegatos finales. Después de deliberar brevemente, el tribunal procederá a manifestarse con respecto a la sanción a imponer al sentenciado y sobre la existencia del daño causado a la víctima u ofendido y su reparación, así como los términos y condiciones en que se realizará, aún en la etapa de ejecución de sentencia, si es el caso.

Asimismo, se pronunciará sobre la eventual aplicación de alguna de las medidas sustitutivas de la pena de prisión o sobre su suspensión e indicará en que forma deberá, en su caso, repararse el daño. A continuación, el tribunal procederá a dar lectura íntegra de la sentencia condenatoria.

El Tribunal tendrá la facultad de realizar una lectura resumida, si sólo han concurrido las partes. Y procederá a realizar la explicación correspondiente.



Estado de Durango Artículo 407 Código Procesal Penal
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