Imprimir

Código Procesal Penal Artículo 115 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Procesal Penal
Artículo 115. Acusador coadyuvante

En el plazo señalado en el Artículo 340 de este Código (actuación de la víctima u ofendido), la víctima u ofendido podrá constituirse como acusador coadyuvante y en tal carácter se le tendrá como parte para todos los efectos legales.

El mismo derecho tendrá cualquier persona cuando se trate de delitos cometidos por servidores públicos en el ejercicio de su función o con motivo de ella.

Si se tratase de varios acusadores coadyuvantes, deberán nombrar un representante común y si no alcanzan un acuerdo, el juzgador nombrará a uno de ellos.



Estado de Hidalgo Artículo 115 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...113 114 115 116 117 ...482

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse