Código Procesal Penal Artículo 285 Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 285. Cierre de la investigación
Practicadas las diligencias necesarias para la investigación del hecho punible y de sus autores o partícipes, el Ministerio Público declarará cerrada la investigación y dentro de los diez días siguientes, podrá:
I.Formular la acusación;
II.Solicitar la aplicación del proceso abreviado;
III.Solicitar la suspensión del proceso a prueba;
IV.Solicitar el sobreseimiento de la causa;
V.Solicitar la conciliación; y
VI.Aplicar un criterio de oportunidad
Recibida la solicitud, el juez la notificará a las partes y citará, dentro de las veinticuatro horas siguientes, a la audiencia intermedia.
Estado de Oaxaca Artículo 285 Código Procesal Penal
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el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 397. Verificación del juez Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 199. Efectos del criterio de oportunidad Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 345. Testimonios especiales Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 212. Denuncia obligatoria Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 96. Reglas de competenciaPublique la información de sí mismo
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