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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 144 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07/07/2026

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 144. Presupuestación de las partidas para ejecutar acciones en materia de zonas conurbadas o zonas metropolitanas

El Ejecutivo del Estado en la iniciativa de la Ley del Presupuesto General de Egresos, considerará las partidas necesarias para ejecutar acciones en materia de zonas conurbadas o zonas metropolitanas y para la operación de fondos financieros en la materia.

El establecimiento de las partidas presupuestales se regirá por principios de proporcionalidad y equidad, atendiendo a criterios de beneficio compartido, en los términos de los programas aplicables.



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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