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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 93 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 93. Opinión durante el proceso para declarar un área natural protegida

Compete al Instituto de Ecología realizar o coordinar los estudios previos que sustenten técnicamente la declaratoria, así como proponer al Ejecutivo del Estado su expedición, los que deberán estar a disposición del público. Asimismo deberá solicitar la opinión de:

I. Los ayuntamientos en cuyas circunscripciones territoriales se localice el área natural de que se trate;

II. Las dependencias de la administración pública federal y estatal que deban intervenir, de conformidad con sus atribuciones;

III. Las organizaciones sociales públicas o privadas, pueblos y comunidades indígenas, y demás personas físicas o jurídico colectivas interesadas; y

IV. Las universidades, centros de investigación, instituciones y organismos de los sectores público, social y privado interesados en el establecimiento, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas.

Los reglamentos municipales definirán la unidad administrativa a la que corresponderá ejercer las funciones a que se refiere este artículo, para la declaratoria de zonas de conservación ecológica.



Estado de Guanajuato Artículo 93 Código Territorial para el Estado y los Municipios
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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