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Código Urbano Artículo 35 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Urbano Jalisco
Artículo 35.

La Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones de la Procuraduría de Desarrollo Urbano es el órgano colegiado de consulta, asesoría, análisis, opinión, orientación y resolución que tiene por objeto intervenir como instancia administrativa en los procedimientos de adquisiciones de bienes muebles e inmuebles, enajenaciones de bienes, contratación de arrendamientos y servicios del organismo público. La Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones se integrará de conformidad con la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado, de la forma como se integra en un Organismo Paraestatal.



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