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Código Urbano Artículo 249 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Urbano Querétaro
Artículo 249.

Para la autorización que corresponde al visto bueno del proyecto de distribución y denominación, el desarrollador deberá presentar ante la autoridad competente, solicitud que incluya la denominación y describa las características y condiciones del predio, el tipo de condominio, el sembrado de áreas privativas y comunes, el trazo y secciones de vías internas, el plano del proyecto de urbanización, la descripción de áreas que se conforman por unidades privativas, así como las de uso común, las etapas de su conformación y cualquier otro que se derive de los estudios técnicos y proyectos presentados.  



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