Código Urbano Artículo 466 Estado de Querétaro
Código Urbano Querétaro
Artículo 466.
La tarifa de derechos por servicios prestados por la Comisión Estatal de Aguas, para el saneamiento de los efluentes descargados en la red de alcantarillado sanitario, se aplicará con base en la tasa accesoria al costo del servicio de agua potable, que se determine en los estudios socio-económicos para establecer tarifas que realice la Comisión Estatal de Aguas para aquellos usuarios que tengan celebrado contrato para el suministro o prestación de los servicios.
Dicha tarifa será también aplicable para aquellos usuarios del servicio de saneamiento que realicen aprovechamientos de una fuente distinta a la del sistema de agua potable a cargo de la Comisión Estatal de Aguas, así también, para los usuarios que se encuentren en los supuestos establecidos en el Reglamento para el Control de las Descargas de Aguas Residuales a los Sistemas de Alcantarillado del Estado de Querétaro.
En estos supuestos, la determinación del cobro correspondiente se realizará con base en lo establecido en el artículo que antecede y en función del nivel de los sólidos suspendidos totales expresados en partes por millón y por kilogramo de demanda química de oxígeno, en estricto apego de lo que dispone la Ley Federal de Derechos en cuanto a calidad de agua. Esta se determinará e integrará en los términos señalados en los artículos que preceden.
Estado de Querétaro Artículo 466 Código Urbano
Mejores juristas





Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios