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CPEUM Artículo 133 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal
Artículo 133.

Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Uniónque emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Supremade toda la Unión. Losjueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.

Federal de México Artículo 133 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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