Constitución Artículo 88.2 Estado de Campeche
Constitución Campeche
Artículo 88.2.
La Autoridad Electoral Jurisdiccional del Estado de Campeche estará conformada por tres Magistrados, los cuales actuarán en forma colegiada y permanecerán en su encargo siete años. Uno de ellos será el Presidente del órgano, el cual será designado bajo las reglas dispuestas por las leyes, general y local, en la materia.
Los Magistrados electorales serán electos por la Cámara de Senadores conforme a los requisitos y reglas de elección establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en la ley general correspondiente.
Estado de Campeche Artículo 88.2 Constitución
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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