Constitución Artículo 51 Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución Coahuila
Artículo 51.
El Congreso no puede abrir sus períodos de sesiones ni ejercer sus funciones sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros.
Los diputados electos que concurran a la instalación del Congreso del Estado, exhortarán a los ausentes para que en un plazo de tres días se presenten, con la advertencia de que, si no lo hiciesen sin causa justificada, se entenderá por ese sólo hecho que no aceptan su encargo, llamándose luego a los suplentes, los que deberán presentarse en un plazo igual y si tampoco lo hiciesen, se declarará vacante el cargo. En este último caso, el Instituto Electoral de Coahuila convocará a nuevas elecciones, cuando así proceda.
Se entiende también que los diputados que falten a tres sesiones consecutivas, sin causa justificada o sin previa licencia del Presidente del Congreso, con la cual se dará conocimiento a éste, renuncian a concurrir hasta el período inmediato, llamándose desde luego a los suplentes.
Incurrirá en responsabilidad y se hará acreedor a las sanciones que la Ley señale, quien habiendo sido electo Diputado no se presente, sin causa justificada a juicio del Congreso, a desempeñar el cargo o a ejercer la función.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 51 Constitución
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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