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Constitución Artículo 59 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Constitución Coahuila
Artículo 59.

El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I.  A los Diputados.

II.  Al Gobernador del Estado.

III. Al Tribunal Superior, en materia de Administración de  Justicia y Codificación.

IV. A los Ayuntamientos del Estado, en todo lo concerniente a su competencia municipal. En este caso, la iniciativa se presentará por conducto del presidente municipal, previo acuerdo de la mayoría de los miembros presentes de los Ayuntamientos

V. A los organismos públicos autónomos, en todo lo concerniente a su competencia. En este caso, la iniciativa se presentará por conducto del Presidente del organismo previo acuerdo del Consejo General, por el Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de Coahuila de Zaragoza o el Fiscal General del Estado, según corresponda.

VI.  A los ciudadanos coahuilenses y a los que sin serlo acrediten que han residido en el Estado por más de tres años. Este derecho se ejercerá en los términos que establezca la ley.

VII.  Al instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública, en todo lo concerniente a su competencia. La iniciativa se presentará por conducto del Comisionado Presidente, previo acuerdo del Consejo General.

VIII. (DEROGADA, P.O. 14 DE JULIO DE 2017)



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 59 Constitución
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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