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Constitución Artículo 124 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/03/2023

Constitución Hidalgo
Artículo 124.

Los Ayuntamientos se integran por un Presidente, los Síndicos y los Regidores que establezca la Ley respectiva.

En la elección de los Ayuntamientos, se aplica el principio de representación proporcional de acuerdo a las reglas que establezca la ley de la materia.



Estado de Hidalgo Artículo 124 Constitución
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hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


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