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Constitución Artículo 145 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Constitución
Artículo 145.

Los Síndicos tienen a su cargo la vigilancia de la Hacienda Pública municipal y además las siguientes facultades y obligaciones:

I. Comparecer ante las autoridades judiciales, en los asuntos que revistan interés jurídico para el Ayuntamiento;

II. Tramitar ante las autoridades correspondientes, los asuntos de su competencia;

III. Presidir la Comisión de Hacienda municipal y revisar las cuentas de la tesorería, mismas que deberá dar a conocer en forma mensual a la Asamblea Municipal;

IV. Concurrir a las sesiones del Ayuntamiento, con voz y voto y percibir su dieta de asistencia que señale el Presupuesto de Egresos del Municipio;

V. Los Síndicos no podrán, en ningún caso, desempeñar cargos, empleos o comisiones remunerados en la Administración Pública Municipal y

VI. Las demás que le confieren las Leyes y los Reglamentos y Acuerdos del Ayuntamiento.



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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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