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Constitución Artículo 28 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Constitución México
Artículo 28.

Son ciudadanos del Estado los habitantes del mismo que tengan esta calidad conforme a la Constitución Federal, y que además reúnan la condición de mexiquenses o vecinos a que se refiere esta Constitución



Estado de México Artículo 28 Constitución
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