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Constitución Artículo 89 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/07/2026

Constitución México
Artículo 89.

El Tribunal Superior de Justicia se compondrá del número de magistrados que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial, durarán en su encargo 15 años y serán sustituidos de manera escalonada.

Al finalizar su encargo los magistrados gozarán de un haber de retiro por el monto, plazo y bajo las condiciones que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

Los jueces de primera instancia, los de cuantía menor y los ejecutores de sentencias serán los necesarios para el despacho pronto y expedito de los asuntos que les correspondan en los distritos judiciales y en los municipios del Estado



Estado de México Artículo 89 Constitución
Artículo 1 ...88 88 bis 89 90 91 ...149

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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