Constitución Artículo 89 Estado de México
Constitución México
Artículo 89.
El Tribunal Superior de Justicia se compondrá del número de magistrados que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial, durarán en su encargo 15 años y serán sustituidos de manera escalonada.
Al finalizar su encargo los magistrados gozarán de un haber de retiro por el monto, plazo y bajo las condiciones que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
Los jueces de primera instancia, los de cuantía menor y los ejecutores de sentencias serán los necesarios para el despacho pronto y expedito de los asuntos que les correspondan en los distritos judiciales y en los municipios del Estado
Estado de México Artículo 89 Constitución
Mejores juristas





el pago en los casos previsto de la ley
Buenos dias.
¿Puede la empleada renunciar a esta prestación/beneficio si ella lo decide?
buenos días dure trabajando 18 años para una misma empresa, renuncie voluntariamente, tengo derecho a un finiquito?
cuando es la vigencia o ultimo reforzamiento
A que se refiere esto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios