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Constitución Artículo 111 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/05/2026

Constitución
Artículo 111.

El Estado de Morelos, para su régimen interior, se divide en los siguientes municipios libres:

Amacuzac, Atlatlahucan, Axochiapan, Ayala, Coatlán del Río, Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Huitzilac, Jantetelco, Jiutepec, Jojutla, Jonacatepec de Leandro Valle, Mazatepec, Miacatlán, Ocuituco, Puente de Ixtla, Temixco, Temoac, Tepalcingo, Tepoztlán, Tetecala, Tetela del Volcán, Tlalnepantla, Tlaltizapán de Zapata, Tlaquiltenango, Tlayacapan, Totolapan, Xochitepec, Yautepec, Yecapixtla, Zacatepec y Zacualpan de Amilpas.

Los Municipios citados se agruparán en Distritos Judiciales para la mejor administración de justicia.

La justicia de paz estará a cargo de los Jueces que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial.



Estado de Morelos Artículo 111 Constitución
Artículo 1 ...109 ter 110 111 112 113 ...151

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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