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Constitución Artículo 96 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Nuevo León
Artículo 96.

Corresponde al Tribunal Superior de Justicia: 

I. Resolver en Pleno las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad;

II. A través de las Salas, conocer en grado de revisión de los negocios civiles, familiares, penales, de adolescentes infractores o de jurisdicción concurrente, que le remitan los Jueces;

III. Elegir en Pleno, cada dos años, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, conforme lo determine la Ley;

IV. Determinar en Pleno, el número de las Salas, su integración colegiada y unitaria, su especialidad y la adscripción de los magistrados;

V. Conocer en Tribunal Pleno para resolver en definitiva, a instancia de parte interesada, de los Magistrados o de los Jueces, qué tesis debe prevalecer cuando las Salas del Tribunal sustenten criterios contradictorios al resolver los recursos de su competencia, las cuales serán de observancia obligatoria en las Salas y Juzgados;

VI. En Pleno, dirimir los conflictos de competencia que se susciten entre las Salas, y entre los juzgados, de acuerdo a lo que establezca la Ley;

VII. En Pleno, expedir y modificar su reglamento interno para el cumplimiento de las facultades de los servidores públicos del Tribunal Superior de Justicia;

VIII. Presentar ante el Congreso del Estado, las iniciativas de leyes que estime pertinentes, relacionadas con la administración de justicia y la organización y funcionamiento del Poder Judicial;

IX. Conocer en Tribunal Pleno, erigido en Jurado de Sentencia, de la responsabilidad de los servidores públicos a que alude el Título VII de esta Constitución.

X. Acordar y autorizar las licencias de los Magistrados;

XI. En Pleno, expedir los acuerdos necesarios para el mejor ejercicio de sus funciones;

XII. Examinar los informes que mensualmente deberán remitirle los Juzgados, acerca de los negocios pendientes y de los despachados; 

XIII. En Pleno, acordar lo necesario para la implementación de dispositivos electrónicos necesarios para la realización de la función jurisdiccional; y

XIV. Las demás facultades que las leyes le otorguen.



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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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