Constitución Artículo 96 Estado de Sonora
Constitución Sonora
Artículo 96.
El Ministerio Público, como Institución de buena fe y en su carácter de representante de los intereses de la sociedad, tendrá las siguientes atribuciones:
I.-Perseguir los delitos del orden común cometidos en el territorio del Estado, con estricto respeto a las garantías individuales que precisa la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II.-Velar por la legalidad, en la esfera de su competencia, como uno de los principios rectores de la convivencia social, y promover la pronta, completa e imparcial procuración e impartición de justicia.
III.-Proteger los intereses de los menores e incapaces, así como los individuales y sociales, en los términos que determinen las leyes.
IV.-Cuidar la correcta aplicación de las medidas de política criminal, en la esfera de su competencia.
V.-Defender a la Hacienda Pública del Estado en juicio, siempre que el Ejecutivo no provea a la procuración conforme a la Ley.
VI.-Cuidar que se lleven conforme a las leyes los protocolos y libros de los notarios, los libros del Registro Público de la Propiedad y los del Registro Civil.
VII.-Intervenir en las juntas de vigilancia de cárceles para exigir que se cumpla con los reglamentos respectivos.
VIII.-Informar al Supremo Tribunal sobre los defectos que encontrara en las leyes, así como de las irregularidades o deficiencias que observara en las autoridades encargadas de aplicarlas.
IX.-Rendir al Pleno del Poder Legislativo y al Titular del Poder Ejecutivo los informes que le pidan sobre asuntos relativos a la institución.
X.-Las demás que le señalan las leyes, tanto Federales como del Estado.
Estado de Sonora Artículo 96 Constitución
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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