Constitución Artículo 81 Estado de Tabasco
Constitución Tabasco
Artículo 81.
Si la desaparición de Poderes ocurriese en los primeros dos años del período constitucional que le corresponde al Gobernador, el Provisional convocará a nuevas elecciones, para que el electo concluya lo que falte de período. La convocatoria se lanzara en tiempo oportuno para que el nuevo Gobernador tome posesión antes de que el Provisional cumpla año y medio de gestión.
Si la desaparición de Poderes ocurriese en los cuatro últimos años de un período constitucional, el Gobernador Provisional terminará ese período con el carácter de Sustituto. Cuando en razón a la época en que tenga lugar la desaparición de poderes no hubiere Gobernador Constitucional que inicie el período, el Provisional cesará como tal y se procederá en los términos del Artículo 48.
Estado de Tabasco Artículo 81 Constitución
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos
Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer
Que articulo del Código Penal se refiere a la Supresión, Alteración o Suposición del Estado Civil
hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
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