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Constitución Artículo 126 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Constitución
Artículo 126.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas será un organismo público, autónomo e independiente, con personalidad jurídica y patrimonio propios, en términos de lo dispuesto por el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y tendrá por objeto la protección de los derechos humanos previstos en el segundo párrafo del artículo 16 de esta Constitución. La Comisión conocerá de quejas por actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público estatales o municipales que viole estos derechos en el territorio del Estado, así mismo formulará recomendaciones públicas y no vinculatorias de carácter autónomas y podrá presentar denuncias y quejas ante las autoridades respectivas.

Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que le presente este organismo. Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa; además, el Pleno del Congreso del Estado o, en sus recesos, la Diputación Permanente, podrán llamar, a solicitud de este organismo, a las autoridades o servidores públicos responsables para que comparezcan a explicar el motivo de su negativa.

Este organismo no será competente tratándose de asuntos electorales y jurisdiccionales.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas tendrá un Consejo Consultivo integrado por seis Consejeros, quienes serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado. La ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas respectivas.

La elección del titular de la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas y del Consejo Consultivo, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente en los términos y condiciones que determine la ley. Tanto los miembros del Consejo Consultivo como su Presidente durarán en su cargo 4 años y podrán ser reelectos por una sola ocasión.

El titular de la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas, deberá entregar puntualmente los informes relativos al cumplimiento de su encomienda, ante las instancias públicas que señale esta Constitución o la ley.



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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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