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Constitución Artículo 57 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/06/2023

Constitución Tamaulipas
Artículo 57.

Al abrirse el período de sesiones siguiente a la visita, los Diputados presentarán al Congreso una memoria que contengan las observaciones que hayan hecho y en la que propondrán las medidas que sean conducentes al objeto de la fracción IV del Artículo 55.



Estado de Tamaulipas Artículo 57 Constitución
Artículo 1 ...55 56 57 58 59 ...167

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Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo


Perda alguien me puede explicar esta fraccion V artículo 293.Cuando teniendo a su cargo caudales del erario les dé una aplicación pública distinta a aquella a que estuvieren destinado, o hiciere un pago ilegal


Ya se modifco este articulo: Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera. Artículo reformado DOF 27-12-2022


Saben si ya autorizaron la reforma al articulo 141 del ISSSTE, en donde aunque EL TRABAJADOR no haya elegido Régimen o sea décimo transitorio..... si podrá hacer portabilidad de sus años y/o semanas trabajadas y pasarlas al IMSS??


Mejor asesórate, si la deuda ya tiene más de 15 años es posible que ya haya prescrito, pero si tú la reconoces, como al hacer un nuevo acuerdo de pago, te la van a cobrar.    


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