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Constitución Artículo 101 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Tlaxcala
Artículo 101.

La Hacienda Pública del Estado se integra por:

I. Los impuestos que decrete el Congreso;

II. Los derechos que se establezcan para cubrir los costos administrativos de servicios que los particulares demanden;

III. El producto de la enajenación o explotación de bienes que, según las leyes, pertenezcan al Estado;

IV. Los aprovechamientos que pertenezcan al Estado;

V. Las participaciones que correspondan al Estado en los ingresos federales, y

VI. Los demás ingresos que se obtengan conforme a las leyes.

En el caso de los ingresos que se obtengan por contratación de obligaciones o empréstitos por el Estado y los municipios, deberán destinarse a inversiones públicas productivas y se sujetarán a las prescripciones establecidas en el artículo 117 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Toda contratación de obligaciones o empréstitos deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura local, en los términos siguientes:

a) Para el Gobierno del Estado no podrán ser mayores al veinte por ciento del equivalente al presupuesto anual del Estado durante el ejercicio fiscal respectivo, e

b) Por lo que se refiere a los municipios, será en un porcentaje no mayor al quince por ciento en relación a su presupuesto correspondiente.

No se podrán contratar nuevos créditos si existen adeudos derivados de este concepto.



Estado de Tlaxcala Artículo 101 Constitución
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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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