Constitución Artículo 14 Estado de Tlaxcala
Constitución Tlaxcala
Artículo 14.
En el Estado de Tlaxcala todas las personas gozarán de los derechos humanos que se garantizan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución, instrumentos internacionales incorporados al orden jurídico mexicano y leyes secundarias. Su ejercicio implica deberes correlativos de respeto a los derechos de los demás y de solidaridad a la familia, a los sectores vulnerables, a la sociedad y al Estado.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad, con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con los Tratados Internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas en la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, en consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Estado de Tlaxcala Artículo 14 Constitución
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Si me pensione en abril de 2020, podría entonces volver a emplearme con otro patrón y no perder la pensión que ya recibo?
pero en el articulo 418 no habla de la manutencion a la esposa.
Que pasa si la esposa nunca a trabajado y se ha dedicado al hogar e hijos, tiene derecho a manutencion junto con los hijos por parte del esposo en regimen mancomunado?
En Jalisco
el juez determina un oficio para que te dé el uso y goce de la propiedad a registro público de la propiedad estado de México????
Buenos días, para las plataformas digitales se hablan de las P.F. pero si pueden entrar las P.M. y que tratamiento tendrían
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