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Constitución Artículo 76 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

Constitución Tlaxcala
Artículo 76.

La operación del sistema integral de justicia para adolescentes, estará a cargo de instancias ministeriales, jurisdiccionales y administrativas especializadas en la materia. La ley que se expida establecerá su estructura, y normará su funcionamiento, competencia y administración.



Estado de Tlaxcala Artículo 76 Constitución
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AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


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