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Ley Aduanera Artículo 90 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Ley Aduanera Federal
Artículo 90.

Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional o se extraigan del mismo, podrán ser destinadas a alguno de los regímenes aduaneros siguientes:

A.Definitivos.

I.De importación.

II.De exportación.

B.Temporales.

I.De importación.

a)Para retornar al extranjero en el mismo estado.

b)Para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.

II.De exportación.

a)Para retornar al país en el mismo estado.

b)Para elaboración, transformación o reparación.

C.Depósito Fiscal.

D.Tránsito de mercancías.

I.Interno.

II.Internacional.

E.Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.

F.Recinto fiscalizado estratégico.

Federal de México Artículo 90 Ley Aduanera
Artículo 1o ...88 89 90 91 92 ...203

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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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