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Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 21 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/05/2026

Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 21.

En los servicios en que no existan Escuelas de Formación de Oficiales y Clases, los interesados podrán concursar para obtener ascensos, cuando exista vacante o así lo exijan las necesidades del servicio y aprueben los exámenes que, para ese efecto, fije la normativa vigente en materia de Educación Militar.

México Artículo 21 Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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